19 de diciembre de 2020

Aldeavieja 1752: el Catastro de Ensenada (II)

 (continuación...)

22. Quantas Casas havrá en el Pueblo, qué número de inhabitables, quantas arruinadas; y si es de Señorío, explicar si tienen casa una alguna carga, que pague al Dueño, por el establecimiento del suelo, y quanto.

22ª.- A la veintidós que hay trescientas cuarenta y cinco casas, todas de planta baja y ninguna paga cosa alguna por el establecimiento de suelo.


 

23. Qué Propios tiene el Común, y a qué asciende su producto al año, de que se deberá pedir justificación.

23ª. A la veintitrés que tiene sus propios el Común de estos referidos lugares seis obradas de tierra  de sembradura de secano de segunda calidad, y veinticinco de tercera, que valen a segundo año catorce fanegas de trigo, diez a prados de secano que rentan ciento dos reales a segundo año por segarse con intermedio; a prados boyales doscientas sesenta de primera, doscientas de segunda y otros tantos de tercera, con lo que corresponden trescientas al pueblo de chaparral bajo de roble y encina y algunos álamos negros; de monte chaparral de encina baja trescientas de primera, quinientas de segunda y setecientas de tercera y noventa y ocho de jaral de estepa, todo a beneficio público, que disfruta el Común con sus ganados y por el sobrante de pastos del término que arrienda se utiliza en cinco mil setecientos noventa y cuatro reales: y por tasas del campo o multas doscientos veinte.

Asimismo tiene dos casas consistoriales, una para cárcel, una que sirve para recoger a los pobres pasajeros y dos carnicerías, las que no producen cosa alguna por servirse cada uno para sus respectivos ministerios y si se vendieran valdría cada una lo mismo que otras cualquiera del pueblo.

 

24. Si el Común disfruta algún Arbitrio, Sisa, u otra cosa, de que se deberá pedir la concesión, quedándose con Copia, que acompañe estas Diligencias: qué cantidad produce cada uno al año: a qué fin se concedió, sobre qué especies, para conocer si es temporal, o perpetuo, y si su producto cubre, o excede de su aplicación.

24ª. A la veinticuatro que no disfruta de sisa ni arbitrio con facultad ni sin ella, pues aunque las tabernas le producen diez mil cincuenta reales, las carnicerías seiscientas diez y la abacería mil ciento cincuenta sirven para pagar el encabezamiento de sisa de millones.

 

25. Qué gastos debe satisfacer el Común, como Salario de Justicia, y Regidores, Fiestas de Corpus, u otras: Empedrado, Fuentes, Sirvientes, etc. De que se deberá pedir Relación auténtica.

25ª. A la veinticinco que satisfacen a cargos de justicia, fiestas, reparos públicos y otras inexcusables gastos siete mil quinientos cincuenta reales como consta de la certificación que jurada presentan.

 

26. Qué cargos de Justicia tiene el Común, como Censos, que responda, u otros, su importe, por qué motivo, y a quién, de que se deberá pedir puntual noticia.

26ª.- A la veintiseis que tiene la carga del censo redimido dos mil doscientos reales de Principal y seiscientos seis de réditos a tres por ciento al convento de San Agustín de la ciudad de Segovia el que se impuso sin facultad Real para pagar a S.M. el Repartimento del 10 por ciento.

 

27. Si está cargado el Servicio Ordinario, y Extraordinario, u otros, de que igualmente se debe pedir individual razón.

27ª. A la veintisiete que les parece estar muy cargados el servicio ordinario y extraordinario sobre el prefijo de dos mil cuatrocientos noventa y un reales a causa de poseer muchas heredades personas que están exentas de esta Contribución que es la única razón que pueden dar.

 

28. Si hay algún Empleo, Alcabalas, u otras Rentas enagenadas: a quién: si fue por Servicio Pecuniario, u otro motivo: de quanto fue, y lo que produce cada uno al año, de que se deberán pedir los Títulos, y quedarse con Copia.

28ª. Al veintiocho que se hallan enajenadas de la R. Corona dos escribanías numerarias que ambas es propiedad de Miguel Vázquez que al presente ejerce y le rentan dos mil reales; igual a María Marín Sanz viuda, la que está sin uso, y en caso de tenerle asimismo se regulan mil doscientos reales, y no saben si el motivo de sus enajenaciones fue por servicio pecuniario por lo que se remiten a los Títulos de pertenencia que deben presentar.

 

29. Quantas Tabernas, Mesones, Tiendas, Panaderías, Carnicerías, Puentes, Barcas sobre Ríos, Mercados, Ferias, etc. Hay en la Población, y Término: a quien pertenecen, y qué utilidad se regula puede dar al año cada uno.

29ª. A la veintinueve que aunque hay una Casa Carnicería no le produce beneficio público y que no hay casas destinadas para taberna y abacería por servir para este ministerio la de los vecinos a quienes se remataron, que hay tres mesones propios, uno de A. Martín y los dos de Baltasar García, a quienes les vale de rédito anual doscientos reales cada uno.

 

30. Si hay Hospitales, de qué calidad, qué Renta tienen, y de que se mantienen.

31. Si hay algún Cambista, Mercader de por mayor, o quien beneficie su caudal, por mano de Corredor, u otra persona, con lucro, e interés; y qué utilidad se considera le puede resultar a cada uno al año.

30ª 31ª. A la treinta que no les comprende ni a la treinta y uno tampoco.

 

32. Si en el Pueblo hay algún Tendero de Paños, Ropas de Oro, Plata, y Seda, Lienzos, Especería, u otras Mercadurías, Médicos, Cirujanos, Boticarios, Escribanos, Arrieros, etc. Y qué ganancia se regula puede tener cada uno al año.

32ª. A la treinta y dos que hay dos sacristanes y les contemplan de valor anual al uno mil seiscientos reales y al otro quinientos cincuenta; un cirujano cinco mil cuatrocientas; dos mercaderes de vara a mil cada uno; un  maestro de primeras letras mil cien; tres mesoneros a mil quinientas cada uno; un obligado de carnes mil seiscientas; un abacero mil quinientos; dos taberneros el uno dos mil y el otro doscientos; dos administradores de Haciendas y Patronatos uno al año seis mil seiscientos y el otro novecientos; un fiel de hechos veinte; dos tesoreros de diezmos noventa y seis; veinticinco fabricantes de estameñas, que a los cinco regulan a doscientos reales cada uno, a diez ciento ocho y los otros diez restantes a ciento veinte; cien fabricantes de cordobanes a ciento sesenta, un alguacil a ciento ochenta y seis y a la comadre de parir ochenta y nueve.

 

33. Qué ocupaciones de Artes mecánicos hay en el Pueblo, con distinción, como Albañiles, Canteros, Albéitares, Herreros, Sogueros, Zapateros, Sastres, Perayres, Tejedores, Sombrereros, Manguiteros, y Guanteros, etc. Explicando en cada Oficio de los que huviere el número que haya de Maestros, Oficiales, y Aprendices; y qué utilidad le puede resultar, trabajando meramente de su Oficio, al día a cada uno.

33ª. A la treinta y tres, que hay dos herreros, tres curtidores, tres zurradores, a quienes tocaban de jornal diario cuatro reales cada uno; treinta tejedores de estameñas y sesenta y tres peinadores a dos, con un oficial de aquellos a dos ; un tejedor de lienzos a dos y medio; asimismo diez zapateros a cinco; dos herradores y tres sastres a cuatro y medio; dos albañiles a cinco y medio y un oficial de estos a tres y medio.

 

34. Si hay entre los Artistas alguno, que teniendo caudal, haga prevención de Materiales correspondientes a su propio Oficio, o a otros, para vender a los demás, o hiciere algún otro Comercio, o entrase en Arrendamientos; explicar quienes, y la utilidad, que consideren le puede quedar al año a cada uno de los que huviese.

34ª. A la treinta y cuatro que no les comprende.

 

35. Qué número de Jornaleros havrá en el Pueblo, y a cómo se paga el jornal diario a cada uno.

35ª. A la treinta y cinco que hay treinta y cinco labradores, inclusos hijos y criados; catorce jornaleros; sesenta y nueve pastores y regulan su jornal diario a tres reales a cada uno.

 

     (En este punto sólo se contabilizan los trabajadores por cuenta ajena)

 

36. Quantos Pobres de solemnidad havrá en la Población.

36ª. A la treinta y seis que hay doce pobres de solemnidad,

 

37. Si hay algunos Individuos, que tengan Embarcaciones, que naveguen en la Mar, o Ríos, su porte, o para pescar: quantas, a quién pertenecen, y qué utilidad se considera dá cada una a su Dueño al año.

37ª. A la treinta y siete que no les comprende

 

38. Quantos Clérigos hay en el Pueblo.

38ª. A la treinta y ocho que hay seis eclesiásticos.

 

39. Si hay algunos Conventos, de qué Religiones, y sexo, y qué número de cada uno.

39ª. A la 39 que no les comprende.

 

40. Si el Rey tiene en el Término, o Pueblo alguna Finca, o Renta, que no corresponda a las Generales, ni a las Provinciales, que deben extinguirse: quales son, cómo se administran, y quanto producen.

40ª. A la cuarenta que tiene Su Majestad además de las rentas Provinciales y Generales por fincas, las reales rentas le valen setecientas setenta y siete reales y veintidós más el derecho de aguardiente cuatrocientos veintiun reales y en su Real Nombre se hace el Repartimiento de utensilios según el más o menos gasto de los propios de Castilla la Vieja.

 

Todo lo cual dijeron ser verdad, lo que han ejecutado, bien y fielmente, según su leal saber y entender, y que no ha intervenido fraude, colusión, ocultación ni malicia.

 

 


 

 

 

Resumen del Catastro del Marqués de la Ensenada.

      Cuenta con una población de doscientos noventa vecinos, incluídos cuarenta y nueve viudas, tres solteras y cuatro impedidas. (se estima una población de 1.087 habitantes).

 Cuadro resumen de las actividades de carácter productivo.

 

 

Individuos

Días útiles

Total días

Jornal diario

Total en reales

Labradores, hijos y criados

35

120

1200

3

12600

Jornaleros

14

120

1680

3

5040

Pastores

69

120

8280

3

24810

Herreros

2

180

360

4

1440

Curtidores

3

180

540

4

2160

Zurradores

3

180

540

4

2160

Tejedores de estameñas

30

180

5400

2 ½

13500

Oficiales

1

180

180

2

360

Lienzos

1

180

180

2 ½

450

Peinadores

63

180

11340

2 ½

28350

Zapateros

10

180

1800

5

9000

Herradores

2

180

360

4 ½

1600

Sastres

3

180

540

4 ½

2430

Albañiles:

 

 

 

 

 

Maestros

2

180

360

5 ½

1980

Oficiales

1

180

180

3 ½

630

TOTAL

239

 

 

 

106034

 

(están incluidos los individuos pertenecientes a Blascoeles, por formar con Aldeavieja un mismo término)

      Aparte de estas actividades encontramos otras de carácter más general: un sacristán, que comparte esta actividad con la de tejedor; un cirujano, un maestro de primeras letras, una matrona…

     En este momento Aldeavieja no disponía ya de los servicios de un hospital.

     Hay, además, los Administradores de Hacienda y Patronatos, un Escribano y un Alguacil. Dos mercaderes de vara, tres mesoneros, un obligado de carne, un abacero y dos taberneros. El término contaba con tres tenerías.

     Componían el lugar doscientas noventa casas habitadas, cincuenta inhabitadas y doce totalmente arruinadas, había cincuenta y tres pajares y un obrador, en las afueras del lugar.

     Las casas estaban distribuidas en un solo núcleo, alrededor de una plaza, y en ella la casa del Ayuntamiento y cárcel. La mayoría de las casas eran de una sola planta y no pagaban ninguna contribución por el suelo.

     La producción agro-pastoril era la base económica de Aldeavieja.  Según el Catastro en dicho término hay, las tierras y especies siguientes: una de huertos con algunos árboles frutales para sembrar berza y ajos; otra de sembradura que produce a dos hojas, con un año de intermedio de descanso; otra de prados de regadío y siego todos los años; otra de prados de secano; que se siega un año sí, y otro no; otro de eras; otra de monte chaparral de encina; y otra de tierra inculta que llaman jaral de estepa, y no de pasto. Previniendo que en algunos prados hay álamos negros, que todos compondrán tres obradas, y asimismo hay prados boyales para pastos”.

     Los principales cultivos eran trigo, cebada y centeno, algarrobas y hierbas. Los árboles frutales son escasos, pero suponen un complemento en su alimentación diaria.

     La ganadería es su principal fuente de ingresos. Se dedicaban a la cría de ganado vacuno, mular, caballar y yeguar, asnal, cabrío, ovino y cerdos. El ganado ovino representa la mayor producción, seguida del ganado vacuno, el resto se da en la misma proporción. Se ha comprobado la trashumancia en algunos ganados, especialmente ovinos.

     No se tiene noticia, en este momento, de la existencia de algún esquilmo en Aldeavieja, aunque parece ser, que al igual que otros pueblos serranos, era lugar de esquileo.

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